DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015

Fecha: 08-Abr-2015

“Artículo 33.- (Procedimiento de la elección de autoridades).-

“Artículo 33.- (Procedimiento de la elección de autoridades).- Las/los Concejales y la/el Alcaldesa y/o Alcalde Municipal, son elegidos por sufragio universal por listas separadas, bajo los principios democráticos de representación y participación de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley nacional y la presente Carta Orgánica Municipal”.