DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015

Fecha: 08-Abr-2015

parágrafos II y III

Respecto a los parágrafos II y III, ambos expresan su sujeción con la Norma Suprema y la ley sectorial para el ejercicio de sus competencias, explicitando en el parágrafo II que las acciones en educación se enmarcarán en la competencia exclusiva de desarrollo humano, mismas que se efectuarán encuadrados en principios rectores únicamente para estas acciones municipales, por tanto no invaden competencias de nivel central no contrarían la Constitución Política del Estado.