SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2015-S3

Fecha: 09-Abr-2015

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Leonid Carreño López, por Testimonio de poder especial y suficiente 399/2013 de 17 de junio, se apersonó en representación de Clotilde Oliva Arequipa Ibarra, y en audiencia refirió que la acción de amparo constitucional se asemeja a una queja, puesto que no contiene todos los requisitos que debiera cumplir y que no comprende cómo es que un acto de lealtad, cual fue el de dar la noticia de donde se encuentran las demandadas, podría agravar y perjudicar a la parte actora, por lo que permitir la citación mediante edictos seria vulnerar el derecho a la defensa, existiendo un empecinamiento de notificarse a las mismas de esta manera, por lo que solicita se deniegue la tutela solicitada.