Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2015-S3
Fecha: 08-Abr-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 22/2014 de 15 de septiembre, cursante de fs. 49 a 50 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Humberto Nina Mamani en representación sin mandato del menor XX contra Juan Carlos Montalbán Zapata, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz; y, Elsi Villafranqui Endara, Fiscal de Materia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- otorgó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Otras consideraciones
- Acceso a una administración de justicia pronta oportuna y con asistencia de personal especializado
- Los que ejerzan dichas facultades deberán estar especialmente preparados o capacitados para hacerlo juiciosamente
- Estados deben garantizar que los niños menores de 18 años y mayores de la edad mínima para infringir las leyes penales sean juzgados únicamente por jueces especializados en la materia y no por jueces penales ordinarios
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar