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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2015-S3

    Fecha: 08-Abr-2015

    CONFIRMAR

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 22/2014 de 15 de septiembre, cursante de fs. 49 a 50 vta., dictada por la Jueza Cuarta de Partido, de Sentencia Penal y Liquidadora de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia:

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • otorgó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
    • Fragmento 11
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • III.2.1.   Otras consideraciones
    • Acceso a una administración de justicia pronta oportuna y con asistencia de personal especializado
    • Los que ejerzan dichas facultades deberán estar especialmente preparados o capacitados para hacerlo juiciosamente
    • Estados deben garantizar que los niños menores de 18 años y mayores de la edad mínima para infringir las leyes penales sean juzgados únicamente por jueces especializados en la materia y no por jueces penales ordinarios
    • CONFIRMAR
    • 2°  Exhortar

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