DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2015

Fecha: 07-May-2015

el principio de gradualidad es aplicable al ejercicio de estas competencias, es decir, que el ejercicio efectivo de estas es gradual y no así su asunción

Al respecto, corresponde señalar que las competencias establecidas en favor de los gobiernos autónomos municipales en la Norma Suprema, deben ser asumidas por estos, y el principio de gradualidad es aplicable al ejercicio de estas competencias, es decir, que el ejercicio efectivo de estas es gradual y no así su asunción (art. 270 de la CPE).