DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2015

Fecha: 07-May-2015

Sobre el numeral 2

Como se estableció en un análisis precedente, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Ley Fundamental y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado el presente numeral no existe contenido normativo que confrontar, por lo que, no se realiza el control de constitucionalidad.