DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2015

Fecha: 07-May-2015

El texto original del art. 49 decía:

“La Alcaldesa o el Alcalde podrá ser suspendida o suspendido de manera temporal o definitiva, cuando se dicte en su contra acusación formal. En este caso, el Concejo Municipal elegirá a la Alcaldesa o el Alcalde interino por dos tercios (2/3) de votos del total de sus miembros, en conformidad al procedimiento establecido en la Ley Marco de Autonomías y Descentralización”.