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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0589/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0589/2015-S2

    Fecha: 26-May-2015

    Fragmento 22

    Por lo previamente explicado, al concluir que Macedonio Choquehuanca Quispe no participó activamente en este proceso, entonces no agotó previamente los mecanismos internos antes de acudir a la jurisdicción constitucional, ya que no presentó recurso alguno, por lo que corresponde aplicar la jurisprudencia precitada sobre subsidiariedad y declarar la improcedencia de la acción respecto a su persona.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de amparo constitucional: su configuración
    • III.2.  Sobre la legitimación activa en las acciones de amparo constitucional
    • III.3.  El derecho al debido proceso, en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia, pertinencia, e interpretación constitucionalmente válida
    • III.4.  El debido proceso y derecho a la defensa
    • III.5.  Sobre la valoración de la prueba
    • III.6.  Análisis del caso concreto
    • III.6.1. Respecto a la procedencia de la acción presentada en el caso de
    • Fragmento 22
    • III.6.2. Respecto a las denuncias de vulneraciones del debido proceso y el derecho a la defensa
    • CONFIRMAR

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