DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0123/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0123/2015

Fecha: 25-Jun-2015

Artículo 65. COMPETENCIAS COMPARTIDAS

El Órgano Legislativo ejercerá las facultades legislativas de desarrollo en el marco de la Ley Básica y el órgano Ejecutivo ejercerá las facultades reglamentaria y ejecutiva sobre aquellas competencias compartidas sobre las cuales el estado central defina por ley el alcance de su asunción. Las competencias compartidas son: