SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
II.2.5.
II.2.5. Por Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0885/2013 de 23 de diciembre, la Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT Santa Cruz; revocó parcialmente la Resolución Determinativa 17-000084-12, emitida por la otrora Gerencia Sectorial de Hidrocarburos del SIN, dejando sin efecto las sanciones impuestas por las Actas por Contravenciones Tributarias Vinculadas al Procedimiento de Determinación 31877, 31879, 31881, 31883, 31885, 31887, 31889, 31891, 31878, 31880, 31882, 31884, 31886, 31888, 31890 y 31892, por un monto que asciende al total de 4 800 UFV, manteniendo firme y subsistente el tributo omitido de 11 684 805 UFV, correspondiente al IVA y al IT, y las multas por incumplimiento a deberes formales por 25 500 UFV, debiendo la Administración Tributaria recalcular la deuda tributaria de acuerdo los arts. 47 y 165 del CTB; y, 42 del DS 27310, conforme a los fundamentos técnico-jurídicos referidos y al art. 212.I.a de la Ley 3092 (fs. 1162 a 1210).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- la Administración Tributaria, igualmente aplicó incorrecta e inversamente el principio de la carga de la prueba prevista en el art. 76 del CTB, al no haber respetado la presunción a favor del sujeto pasivo, conforme determina el art. 69 del mismo Código.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 10
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- II.2.5.
- II.3.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- III.1. Jurisprudencia reiterada en cuanto a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Jurisprudencia reiterada respecto al contenido esencial del derecho al debido proceso en su elemento a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada
- son un tema que corresponderá analizar en cada caso concreto, debido a qué sólo en aquéllos supuestos en los que se advierta claramente que la resolución es un mero acto de voluntad, de imperium, de poder, o lo que es lo mismo de arbitrariedad, expresado en decisión sin motivación o inexistente, decisión arbitraria o decisión insuficiente, puede la justicia constitucional disponer la nulidad y ordenar se pronuncie otra resolución en forma motivada
- III.3. Análisis del caso concreto
- b) Resolución nada más que de las pretensiones ejercitadas, o sea prohibido resolver pretensiones no ejercitadas.-
- Orden
- REVOCAR