Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 025/2014 de 18 de diciembre, cursante de fs. 387 a 395, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Balois Cabrera Román y Daisy Tapia López contra Lucio Gonzáles Cartagena, Rector; Edwin Vargas Ponce, Director Académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas; Elena Ferrufino Directora de Planificación Académica y Claudia Sevilla Jefa del Departamento de Personal Académico, todos de la Universidad Mayor de San Simón (UMSS).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.14.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.El principio de subsidiariedad que rige la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- subsidiariedad
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- sujeto a gestión ante las instancias que corresponden para oficializar las designaciones
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- CONFIRMAR