SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

sujeto a gestión ante las instancias que corresponden para oficializar las designaciones

Del análisis de todo lo obrado, sintetizado en Conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; se tiene que el Consejo Facultativo, mediante Resolución RCF 034/14, designó a Balois Cabrera Román y Daisy Tapia López y otros como docentes a dedicación exclusiva, sujeto a gestión ante las instancias que corresponden para oficializar las designaciones; empero, posteriormente Edwin Vargas Ponce, Director Académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UMSS y Griselda Nieva Soleto Directora de Carrera de la misma, entre otros, presentaron denuncia ante la Directora de Planificación Académica de la citada casa superior de estudios, observando que el Decano de la mencionada Facultad, tomó decisiones en el pleno del Consejo Facultativo, sin contar con la mayoría numérica traducida en seis consejeros titulares, vulnerando el Reglamento de Debates y el Estatuto Orgánico de la Universidad, pidiendo la nulidad de los actos y se reconduzca dicha actitud. Asimismo, el referido Director Académico, solicitó al Decano convoque a sesión del Consejo Facultativo, cuestionando la Resolución RCF 034/14, que a su criterio es inexistente y sin valor legal alguno, debido a que no cumplió las formalidades menos fue tratada en la sesión en la que se aprobó, que la misma fue de su conocimiento recién el 9 de junio de 2014. Hechos que dieron lugar a que se retire las huellas digitales del sistema biométrico de los ahora accionantes, quienes solicitaron al Director de Planificación Académica, a la Jefa del Departamento de Personal, al Secretario Ejecutivo la Asociación de Docentes de la Facultad referida, al Presidente del Consejo de Carrera, al Vicerrector, al Rector y al Consejo Universitario de la UMSS, la restitución del registro biométrico, su continuidad, estabilidad laboral y reposición de sus salarios. Asimismo, tanto los accionantes como el Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, acudieron ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, instancia que alegando la existencia de hechos controvertidos entre las partes, se declaró incompetente para conocer la denuncia, recomendando acudir ante la Universidad en sus instancias internas de cogobierno o ante la judicatura laboral, donde se deben dilucidar las diferencias.

El 8 de octubre de 2014, el Consejo Facultativo, resolvió la nulidad de la Resolución RCF 034/14, por voto de más de dos tercios de los delegados presentes, la Resolución RCF 042/2014, declaró nula y sin valor la Resolución que designó como docentes a dedicación exclusiva a Balois Cabrera Román y Daisy Tapia López, eligiendo nuevos docentes, refrendada por la Resolución Rectoral RR 864/14 de 19 de noviembre de 2014. El 1 de diciembre de ese año, el Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, solicitó a Lucio Gonzáles Cartagena, Rector, la reposición de la Resolución RR 864/14 y se deje sin efecto la misma, arguyendo la ilegalidad de la sesión de Consejo Facultativo de 18 de noviembre de 2014 y de la Resolución emitida en la misma.