SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

subsidiariedad

La SCP 1370/2014, referida precedentemente, en cuanto a los recursos existentes en la normativa de la UMSS, señaló en un caso concreto, lo siguiente: “Para verificar si el principio de subsidiariedad fue superado por los accionantes, se debe constatar si éstos, previo a acudir a la presente acción agotaron los medios de reclamación idóneos contra la determinación asumida por el Consejo Facultativo mediante la Resolución 146/2013 que aprueba la convocatoria a claustro facultativo para la elección de Decano y Director Académico de la Facultad de Ciencias y Tecnología, Gestión 2013-2016 a realizarse el martes 12 de noviembre de 2013, en base a la modalidad, requisitos y cronograma descritos en la citada Convocatoria.

Los arts. 34 y ss. del mismo cuerpo legal, prescriben que el quórum del Consejo Universitario estará conformado por la mitad más uno de los miembros que tienen derecho a voz y voto; no se incluye al Rector para el cómputo de dicho quórum; y sus resoluciones se adoptarán por mayoría de votos. El Rector o su reemplazante, dirimirá en caso de empate.