SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

II.18.

II.18.Por informe de 16 de diciembre de 2014, emitido por la Directora  de Planificación Académica, se tiene que el 7 de mayo de 2014, el Consejo Facultativo mediante Resolución RCF 034/14, firmada por el Decano y Secretario estudiante, designó como docentes a dedicación exclusiva; sin embargo, esos trámites se encuentran incompletos, porque no hay nombramientos, los seguimientos no cuentan con la firma del Director Académico, no cumplen con lo previsto en el sistema de procedimientos administrativos para la nominación de personal docente a dedicación exclusiva aprobado por Resolución del Consejo Universitario 32/98, en su Capítulo IV, la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas no completó el procedimiento en el caso de los docentes Balois Cabrera Román y Daisy Tapia López, que existe un documento de denuncia realizada por el Director Académico y otros seis Consejeros que señalaron que se pretendió designar docentes sin la regularidad y legalidad que exige el Estatuto de la UMSS, que el mismo documento se hace referencia a que no se acepte ninguna determinación tomada a nombre del Consejo Facultativo que no lleve inserta la firma de al menos seis consejeros (fs. 352 a 356).