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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2015-S1

    Fecha: 26-Jun-2015

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    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Del principio de subsidiariedad que rige las acciones de amparo constitucional
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para su protección”
    • el amparo constitucional se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio de protección; subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa, y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria.
    • cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
    • III.3.          Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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