SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

siempre que no exista otro medio o recurso legal para su protección”

En ese sentido se ha pronunciado de manera uniforme la jurisprudencia emanada de este Tribunal, así se tiene la SCP 0497/2012 de 6 de julio, que expresó: ”De conformidad con el art. 128 de la CPE, el amparo constitucional es una acción extraordinaria que tiene por objeto la protección inmediata de los derechos fundamentales de las personas, instituida por la Ley Fundamental como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución Política del Estado y la ley; siempre que no exista otro medio o recurso legal para su protección”  (las negrillas nos corresponde).