DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2015
Fecha: 21-Jul-2015
“Artículo 39.- Atribuciones y funciones del Alcalde o de la Alcaldesa
11. Elaborar y elevar ante el Concejo Municipal para su consideración y aprobación de Planes, programas y proyectos en general con sus normas, reglamentos y procedimientos, asegurando su elaboración participativa, coordinación y compatibilización con los planes y programas de desarrollo departamental y nacional.
15. Presentar informes periódicos ante el Concejo Municipal sobre la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos así como responder a los pedidos de informes escritos u orales, instructivos, comunicaciones internas y otros que, en cumplimiento a las tareas de fiscalización requieran las Concejalas y los Concejales de conformidad con los plazos y modalidades establecidos en el Reglamento Interno del Concejo Municipal; siendo su incumplimiento sujeto a proceso administrativo.
33. Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso del suelo, sub suelo y sobre suelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales en base a reglamentación específica, pudiendo solicitar para ello la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras, así como la reasignación de uso del suelo que corresponda.
15. Presentar informes periódicos ante el Concejo Municipal sobre la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos así como responder a los pedidos de informes escritos u orales, instructivos, comunicaciones internas y otros que, en cumplimiento a las tareas de fiscalización requieran las Concejalas y los Concejales de conformidad con los plazos y modalidades establecidos en la ley municipal de fiscalización; siendo su incumplimiento sujeto a proceso administrativo.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2.
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. Sobre las readecuaciones en el control de constitucionalidad
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- III.2. Análisis de compatibilidad
- “Artículo 2.-
- “Artículo 2.- Identidad del municipio
- compatibilidad
- “(DEFINICIONES)
- 1. Entidad
- entendimiento
- “Artículo 3.-
- “Artículo 6.-
- “Artículo 6.- Símbolos del Municipio
- “Artículo 7.-
- “Artículo 7.- Idiomas oficiales
- “Artículo 18.- Cláusula de colisión.
- Artículo 18.-
- “Articulo 24.- Representación de pueblos indígenas ante el Concejo Municipal.
- “Artículo 28.- Atribuciones del Concejo Municipal
- incompatibilidad
- “Artículo 29.- Atribuciones de la Directiva del Concejo Municipal
- “Artículo 31.- Responsabilidades de los Concejales y las Concejalas
- “Artículo 32.- Sanciones
- “Artículo 38.- Requisitos y elección de la Alcaldesa o Alcalde
- “Artículo 39.- Atribuciones y funciones del Alcalde o de la Alcaldesa
- “Artículo 42.- Atribuciones de Subalcaldesas o Subalcaldes
- “Artículo 46.- Periodo de mandato, ausencias, renuncia, reemplazo, suspensión, incompatibilidades, conflictos de intereses, inhabilitación y otros
- (Artículo 47. [ELIMINADO])
- “Artículo 49. Renuncia o muerte
- “Artículo 49. Renuncia o muerte, inhabilidad permanente o revocatorio de mandato
- “Articulo 50.- (Referéndum de Revocatoria del Mandato)
- “Artículo 51.- Servidoras y servidores públicos municipales y Carrera administrativa municipal
- .
- “Artículo 54.- Sistema de control de gobierno
- “Artículo 55.- Denominación de los controles administrativos internos
- “Artículo 56.- Mecanismos a implementar.
- “Artículo 59.- Órganos de control social.
- “Artículo 59.-” (ELIMINADO)
- “Artículo 60.- Mecanismos de participación ciudadana y control social
- Artículo 62.- ELIMINADO
- “Artículo 71.- Agua potable y alcantarillado
- “Artículo 73.- Telefonía fija, móvil y telecomunicaciones
- “Artículo 76.- Biodiversidad y medio ambiente
- Artículo 77. - Recursos hídricos y riego
- Artículo 77.- ELIMINADO
- “Artículo 79. - Desarrollo productivo
- Artículo 79. ELIMINADO
- “Artículo 82.- Energía
- Artículo 82. - ELIMINADO
- Artículo 89.- Activos fijos y de capital
- Artículo 90.- Bienes de dominio público municipal y bienes de dominio privado municipal
- Artículo 90. - ELIMINADO
- “Artículo 92.- Ingresos propios
- Impuestos:
- Artículo 96. - ELIMINADO
- “Articulo 99.- Planificación del desarrollo municipal en concordancia con la planificación departamental y nacional.
- Artículo 100. - ELIMINADO
- “Artículo 103.- Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.
- “Artículo 118.- Referéndum.
- Artículo 119.- Iniciativa ciudadana.
- Artículo 120. - ELIMINADO
- “Artículo 129.- Mancomunidad de Municipios.
- “Artículo 129.- [ELIMINADO]”
- “Artículo 131.- Plazos para la aprobación de la Carta Orgánica.
- “Artículo 131.- [ELIMINADO]”
- “Artículo 132.- Procedimiento de reforma total o parcial de la Carta Orgánica.
- “Artículo 132.- reforma total o parcial de la Carta Orgánica
- 4º Se exhorta