DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2015
Fecha: 21-Jul-2015
Fragmento 5
Por otro lado la DCP 0001/2013 12 de marzo, estableció: “Ahora bien, la naturaleza de una Declaración de Constitucionalidad no es la misma que la de una Sentencia Constitucional, ambos tipos de pronunciamientos hacen referencia a cuestiones de naturalezas diferentes, pues en el control de Estatutos autonómicos y cartas orgánicas, al tratarse el control previo de constitucionalidad de una contrastación del proyecto de Estatuto o Carta Orgánica con el contenido general del texto de la Norma Suprema, es decir, no se contrasta cada uno de los artículos del proyecto consultado con uno u otro precepto normativo constitucional, el Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronunciará sobre el proyecto, resultando impredecible sopesar el alcance de la interpretación que se le dará a dicho texto a la hora de su aplicación; por lo que, si bien, de manera inicial el Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronuncia mediante una Declaración sobre la constitucionalidad de dichos proyectos, los mismos no quedan exentos de ser posteriormente sometidos a control de constitucionalidad ya por la aplicación o adjudicación de la norma a casos concretos o ya porque pudieran producirse normas constitucionales o supralegales que modifiquen el sistema normativo constitucional”.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2.
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. Sobre las readecuaciones en el control de constitucionalidad
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- III.2. Análisis de compatibilidad
- “Artículo 2.-
- “Artículo 2.- Identidad del municipio
- compatibilidad
- “(DEFINICIONES)
- 1. Entidad
- entendimiento
- “Artículo 3.-
- “Artículo 6.-
- “Artículo 6.- Símbolos del Municipio
- “Artículo 7.-
- “Artículo 7.- Idiomas oficiales
- “Artículo 18.- Cláusula de colisión.
- Artículo 18.-
- “Articulo 24.- Representación de pueblos indígenas ante el Concejo Municipal.
- “Artículo 28.- Atribuciones del Concejo Municipal
- incompatibilidad
- “Artículo 29.- Atribuciones de la Directiva del Concejo Municipal
- “Artículo 31.- Responsabilidades de los Concejales y las Concejalas
- “Artículo 32.- Sanciones
- “Artículo 38.- Requisitos y elección de la Alcaldesa o Alcalde
- “Artículo 39.- Atribuciones y funciones del Alcalde o de la Alcaldesa
- “Artículo 42.- Atribuciones de Subalcaldesas o Subalcaldes
- “Artículo 46.- Periodo de mandato, ausencias, renuncia, reemplazo, suspensión, incompatibilidades, conflictos de intereses, inhabilitación y otros
- (Artículo 47. [ELIMINADO])
- “Artículo 49. Renuncia o muerte
- “Artículo 49. Renuncia o muerte, inhabilidad permanente o revocatorio de mandato
- “Articulo 50.- (Referéndum de Revocatoria del Mandato)
- “Artículo 51.- Servidoras y servidores públicos municipales y Carrera administrativa municipal
- .
- “Artículo 54.- Sistema de control de gobierno
- “Artículo 55.- Denominación de los controles administrativos internos
- “Artículo 56.- Mecanismos a implementar.
- “Artículo 59.- Órganos de control social.
- “Artículo 59.-” (ELIMINADO)
- “Artículo 60.- Mecanismos de participación ciudadana y control social
- Artículo 62.- ELIMINADO
- “Artículo 71.- Agua potable y alcantarillado
- “Artículo 73.- Telefonía fija, móvil y telecomunicaciones
- “Artículo 76.- Biodiversidad y medio ambiente
- Artículo 77. - Recursos hídricos y riego
- Artículo 77.- ELIMINADO
- “Artículo 79. - Desarrollo productivo
- Artículo 79. ELIMINADO
- “Artículo 82.- Energía
- Artículo 82. - ELIMINADO
- Artículo 89.- Activos fijos y de capital
- Artículo 90.- Bienes de dominio público municipal y bienes de dominio privado municipal
- Artículo 90. - ELIMINADO
- “Artículo 92.- Ingresos propios
- Impuestos:
- Artículo 96. - ELIMINADO
- “Articulo 99.- Planificación del desarrollo municipal en concordancia con la planificación departamental y nacional.
- Artículo 100. - ELIMINADO
- “Artículo 103.- Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.
- “Artículo 118.- Referéndum.
- Artículo 119.- Iniciativa ciudadana.
- Artículo 120. - ELIMINADO
- “Artículo 129.- Mancomunidad de Municipios.
- “Artículo 129.- [ELIMINADO]”
- “Artículo 131.- Plazos para la aprobación de la Carta Orgánica.
- “Artículo 131.- [ELIMINADO]”
- “Artículo 132.- Procedimiento de reforma total o parcial de la Carta Orgánica.
- “Artículo 132.- reforma total o parcial de la Carta Orgánica
- 4º Se exhorta