Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2015-S3
Fecha: 03-Jul-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 017/2015 de 14 de enero, cursante de fs. 100 a 103 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Palmira Salazar Lafuente de Magne contra Rita Susana Nava Durán y Rómulo Calle Mamani, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia; Farida Velasco Alcóser y Osvaldo Fernández Quispe, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y, Omar Pereira Moya y Franklin Pantaleón Calahuara Morales, Juez y ex Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El contenido esencial del derecho al debido proceso en su elemento a una resolución fundamentada y motivada
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- CONFIRMAR