SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2015-S3

Fecha: 03-Jul-2015

b)

b)   En cuanto a que el Tribunal ad quem tergiversó el ofrecimiento de la prueba de reciente obtención, consistente en un informe pericial elaborado por el arquitecto Néstor Juan Valverde y que la misma no fue observada en tiempo oportuno o contrastada con planos geo referenciados que la demandada tendría, indicaron que el criterio en base al cual se revocó la Sentencia fue muy formalista e incorrecto, en el entendido de no aceptar la citada prueba cuando fue incorporada en audiencia de inspección judicial, en cuyo acto la demandada no observó ni objetó la misma, y conforme concluyó el Juez a quo, se acreditó la existencia física y material del terreno así como los puntos que demarcaban la superficie a usucapir, mas varios pozos, cañerías y trabajos de data antigua realizados por la empresa actora, en ese entendido, se concluyó que el Tribunal de alzada obró de forma errada y con criterio formalista, al señalar que la prueba aportada en audiencia no debiera ser considerada;