SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2015-S2

Fecha: 06-Jul-2015

a)

Sandro Iván Quezada Hinojosa, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, en audiencia, emitió los siguientes argumentos: a) Lo que faltaba era la notificación al representante del Ministerio Público, dado que en la audiencia de aplicación de medidas cautelares aquella autoridad no asistió, no pudiéndose sin su presencia realizar el sorteo y menos remitirse al tribunal de alzada, acto jurisdiccional que corresponde a la Central de Diligencias de Notificaciones, quienes devolvieron el expediente a su Juzgado el 6 de enero de 2015; b) No es atribuible a él, la realización de la notificación al Ministerio Público, siendo la Central de Notificaciones quien inclusive puede hacerlo a través de cédula dejada en despacho judicial no es necesariamente personal; y, c) Solicita se deniegue la tutela, señalando que el cuaderno testimonial de apelación se encuentra ya en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.