Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2015-S2
Fecha: 06-Jul-2015
II.4.
II.4. Cursa en obrados, memorial de 5 de enero de 2015, presentado por el ahora accionante, a través del cual interpuso incidente de nulidad por defecto absoluto en cuyo otrosí segundo reclama a la autoridad judicial que aún la apelación no había sido remitida al tribunal de alzada (fs. 163 a 166 vta.), decretando la autoridad demandada, el 6 de enero de idéntico año, “Se tiene presente” (fs. 167).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Cesación de los efectos del acto reclamado como causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- éstos deben quedar sin efecto antes de la notificación con el amparo
- derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas
- celeridad
- Fragmento 15
- III.3. Del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- Fragmento 17
- con anterioridad a la notificación con la admisión de la acción
- 8 de enero de 2015 a horas 9:15 a la Sala Penal Segunda
- siete días
- CONFIRMAR