SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0768/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0768/2015-S3

Fecha: 22-Jul-2015

II.3.

II.3.  Mediante memorial de 26 de diciembre de 2014, el ahora accionante indicó que su Agrupación Ciudadana “Participación Popular” con la sigla (P.P.), se encontraba plenamente habilitada para participar en el proceso eleccionario; por lo que, acreditaron como delegada titular ante el Tribunal Electoral Departamental de Oruro a Bertha Mabel Gonzales Moya y como delegada suplente a Mariana Molina Mamani (fs. 376), corroborando ello por certificado emitido por el Secretario de Cámara del Tribunal Electoral Departamental de Oruro (fs. 177).