Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2015-S2
Fecha: 17-Jul-2015
II.4.
II.4. Por acta de audiencia de 1 de diciembre de 2014, de continuación de audiencia conclusiva y Resolución 186/2014 de 1 del mes y año señalado, cursa el rechazo de los incidentes planteados por el imputado, hoy accionante y continuación de audiencia conclusiva (fs. 273 a 294 vta; 350 a 353; y 354 a 357).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió en parte
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Aplicación de los principios constitucionales en la función de impartir justicia
- III.3. La audiencia conclusiva y su configuración procesal
- c)
- Fragmento 15
- III.4. Legitimación pasiva respecto a los funcionarios de apoyo jurisdiccional en la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto al Juez de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Guaqui y la vulneración del derecho al debido proceso y al principio de celeridad
- III.5.2.1. La Secretaria del Juzgado de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Guaqui
- III.5.2.2. La falta de notificación por parte del Oficial de Diligencias del Juzgado de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Guaqui
- CONFIRMAR