SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2015-S2

Fecha: 17-Jul-2015

III.5.2.2.       La falta de notificación por parte del Oficial de Diligencias del Juzgado de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Guaqui

Al respecto, por informe de 8 de enero de 2015, cursante a fs. 322 y vta., emitido por el funcionario codemandado, mencionó, no tener conocimiento del proveído de 29 de diciembre de 2014, donde el Juez cautelar, demandado señaló la continuación de la audiencia conclusiva; asimismo refirió, que en el acta de audiencia de 29 del mes y año señalado a fs. 323 y vta., la Secretaria codemandada, le indicó que no cursaba providencia o auto de señalamiento de audiencia; es decir, que en el cuaderno de control jurisdiccional no existía el proveído de señalamiento de audiencia referida; sin embargo, en el referido Acta, la autoridad codemandada, fijó audiencia para el 7 de enero de 2015, a horas 9:00; es decir, dejando transcurrir más de un mes para la reanudación de dicha audiencia, consiguientemente, no se le puede atribuir el incumplimiento de una responsabilidad que el funcionario desconocía.