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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2015-S3

    Fecha: 03-Ago-2015

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • i)
    • III.1.
    • debió haber ingresado a considerar si lo argumentado por el accionante se enmarcaba dentro de los escenarios del orden público o no, en miras a determinar la concesión del recurso de anulación o no, pero no rechazar el mismo directamente por falta de protesta previa
    • el recurso de anulación no es una segunda instancia de lo resuelto en un proceso arbitral
    • el instituto procesal de la protesta, deberá ser planteada necesariamente en la primera y segunda fase del proceso
    • Laudo Arbitral Definitivo o en su caso el Laudo Complementario
    • la parte recurrente, presentó su recurso en base a causales no contenidas, ni contempladas en el art. 63.II de la LAC
    • Fragmento 13
    • III.2.1.
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • III.2.2.
    • CONFIRMAR

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