SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S3

Fecha: 10-Ago-2015

i)

Freddy Felipe Vilaseca Berrios, Rubén Omar Colque Mollo, Gloria Modesta Torrez Flores, Mario Feraudi Velásquez, Edwin Mario Kantuta Bonifacio, Miguel Osvaldo Pereira Velasco y Julio Arturo Terceros Murillo, miembros de la Comisión Nacional de Prestaciones de La Paz de la CNS, a través de su representante Mariana Elvira Arias Sánchez presento informe escrito el 15 de junio de 2015, cursante de fs. 299 a 301 vta., expusieron lo siguiente: i) Según nota con CITE 0920/13 de 22 de noviembre de 2013, el Servicio Nacional Químico Farmacéutico de la CNS, verificó las facturas correspondientes a medicamentos observando que para la adquisición de medicamentos extravademécum -las cuales necesitan un tratamiento especial- no se cumplió con el procedimiento establecido por la Resolución Ministerial (RM) 355 de 3 de julio de 2003, emitida por el Ministerio de Salud y Deportes; y, ii) Los derechos a la salud y seguridad social no fueron vulnerados por la Comisión Nacional de Prestaciones tal como prevén los arts. 35, 39 y 45 de la CPE, más aún considerando que hasta la fecha de interposición de la acción la accionante se encuentra afiliada a ese Ente Gestor de corto plazo para recibir prestaciones que en derecho le corresponden.