SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S3

Fecha: 10-Ago-2015

II.2.

II.2.  Cursa Resolución 977/2013 de 23 de mayo; por la cual, la Comisión Regional de Prestaciones de Cochabamba de la CNS, declaró improcedente la solicitud de reembolso, considerando que fue presentada el 22 de abril de igual año, y las facturas cuyo reembolso se solicita son de la gestión 2011; es decir, fuera del plazo establecido por el punto 9 del Reglamento de la Comisión de Prestaciones. (fs. 3 a 4).