SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2015
Fecha: 09-Sep-2015
1°
1° Declarar la INCONSTITUCIONALIDAD de los arts 22.1 (Penas corporales); 24 (Aplicación) en la frase: “penas de muerte”; 40.1 (Prescripción de la acción); 41.1 (Prescripción de pena); 46 (Conmutación de pena); 54 (Traición); 56 (Espionaje) en la frase: “y en estado de guerra, la de muerte”; 58 (Revelación con infidencias) en la frase: “y la pena de muerte en estado de guerra”; 60 (Espionaje en instalaciones militares) en la frase “y de muerte en estado de guerra”; 63 (Destrucción) en la frase: “y de muerte en estado de guerra”; 70 (Rebelión) en la frase: “se aplicará la pena de muerte”; 104 (Piratería) en la frase “se aplicará la pena correspondiente al asesinato”; 166 (Aprovisionamiento inoportuno) en la frase: “en cuyo caso la pena será de muerte”; 197 (Muerte) en la frase: “ó 208”, del Código Penal Militar; 208 (Asesinato) en la frase: “la pena de muerte”; y, 209 (Secuestro) en la frase “se aplicará la pena correspondiente para el asesinato”.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1.1 Relación Sintética de la acción
- I.2. Admisión y citación
- Artículo 193.- (Intimidación).
- Artículo 194.- (Ataque sin lesiones)
- Artículo 195.- (Lesiones leves)
- Artículo 196.- (Lesiones graves).
- Artículo 202.- (Maltratos a inferiores).-
- Artículo 209.- (Secuestro).-
- Artículo 210.- (Injurias a superiores).-
- Artículo 225.- (Extorsión).-
- Artículo 56.- (Espionaje).-
- Artículo 58.- (Revelación con infidencias).-
- Artículo 60.- (Espionaje en instalaciones militares).-
- Artículo 63.- (Destrucción).-
- Artículo 70.- (Rebelión).-
- Artículo 104.- (Piratería).-
- Artículo 166.- (Aprovisionamiento inoportuno).-
- “Artículo 13
- Artículo 410
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Sobre la vigencia de los Decretos Leyes
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- Fragmento 25
- La expresión de los fundamentos jurídico - constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas, sino que es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas, es decir, los motivos o razones de la inconstitucionalidad
- III.3. El derecho a la vida y su protección primaria
- III.4. Control de constitucionalidad
- Artículo 63. (Destrucción).-
- Artículo 166 (Aprovisionamiento inoportuno)
- Artículo 46. (Conmutación).-
- 1°
- 2°
- IMPROCEDENTE