SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2015

Fecha: 09-Sep-2015

Artículo 194.- (Ataque sin lesiones)

Artículo 194.- (Ataque sin lesiones). Si el militar llegase a consumar el ataque a un superior, sin causarle lesiones, será sancionado con prisión de uno a dos años. Con igual aumento de un tercio si el hecho se produce en acto de servicio o en presencia de otros militares, y el doble en estado de guerra.