SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2015-S2

Fecha: 22-Sep-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante considera que los derechos de la entidad a la que representa al debido proceso en sus vertientes de defensa, debida fundamentación y motivación, congruencia, verdad material, tutela judicial efectiva y acceso a la justicia, han sido lesionados por las autoridades demandadas, toda vez que, los Vocales de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista 055/2013 de 25 de octubre, confirmaron en parte el Auto de 23 de marzo de 2012, determinando que la acreditación del representante de GRACO, resultó extemporánea; por lo que interpusieron recurso de casación que fue resuelto por Auto Supremo 215/20014, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, declarando infundado el recurso, argumentando que el Servicio de Impuestos Nacionales no acreditó su representación legal oportunamente y que trató de cumplir lo insubsanable después de vencido el plazo para apelar; decisiones que considera carecen de una debida fundamentación y motivación, sustentada en la errónea interpretación de ley.