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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016-S3

    Fecha: 08-Ene-2016

    3)

    3)  “…dicha norma contiene un imperativo en propio interés del recurrente, ya que su omisión acarrea la consecuencia negativa de impedir que el tribunal ingrese a resolver el fondo del asunto, pues en tal caso el recurso deviene en improcedente, por mandato del artículo 272-2) del Código de Procedimiento Civil; lo cual implica que el recurso debe bastarse por sí mismo…”;

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • una DEBIDA fundamentación y una RAZONABLE motivación
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las  autoridades demandadas
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • III.1.  Respecto a la declaratoria de improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de requisitos formales
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • 6)
    • 7)
    • 8)
    • REVOCAR

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