Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
III.2. Análisis del caso concreto
La revisión de antecedentes puestos a consideración de este Tribunal, evidencian que el accionante planteó recurso de casación en la forma como en el fondo contra el Auto de Vista 342 de 18 de julio de 2009; sin embargo, el mismo fue declarado improcedente mediante AS 676 de 26 de diciembre de 2014 (Conclusión II.2.), razón por la cual, el accionante entiende que las autoridades ahora demandadas realizaron una exposición genérica, exigiendo el cumplimiento de requisitos sumamente formales, a efectos de no conocer el fondo del recurso interpuesto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- una DEBIDA fundamentación y una RAZONABLE motivación
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Respecto a la declaratoria de improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de requisitos formales
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- REVOCAR