Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
5)
5) “…En el caso en examen, se trata de un recurso manifiestamente defectuoso, pues los recurrentes al margen de no discriminar entre qué aspectos denuncian dentro del recurso de casación en la forma y qué otros aspectos lo hacen en el recurso de casación en el fondo, se limitan a transcribir partes del fallo de segunda instancia para luego comentar y expresar su disentimiento (…) sin concretar ni fundamentar debidamente denuncia sobre la modalidad de error de juzgamiento en el que hubiera incurrido el Tribunal ad quem…”;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- una DEBIDA fundamentación y una RAZONABLE motivación
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Respecto a la declaratoria de improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de requisitos formales
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- REVOCAR