Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2016-S3
Fecha: 18-Ene-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiendo dejar sin efecto las Resoluciones Sancionatorias de Contrabando “…AN-GROGR-ULEOR N° 012/2011, 133/2012, AN-GROGU-ORUOI-SPCC N° 2589/2012, 3754/2012, 1049/2013, 1047/2013 y 3604/2012…” (sic), por no corresponder a su persona y no haber sido notificado de forma personal para asumir defensa conforme a derecho, así como el Auto Administrativo AN-GROGR-ULEOR-SET 025/2015 de 17 de julio, rechazando la exclusión, y nulidad del proveído AN-GROGR-ULEOR-SET 081/2015 de 20 de julio.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.2. Resolución del caso
- El nuevo replanteamiento es abrir definitivamente las puertas para obtener justicia frente a cualquier comportamiento ilícito de la Administración
- salvo expresa declaración judicial en contrario
- suplantación de identidad
- CONFIRMAR