SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2016-S3

Fecha: 18-Ene-2016

suplantación de identidad

En el presente caso, aun cuando las autoridades demandadas sostengan que el accionante no agotó los mecanismos de impugnación diseñados en sede administrativa es posible abrir la competencia de la jurisdicción contenciosa administrativa por la particularidad del reclamo que presenta (suplantación de identidad) a fin que se esclarezca el hecho y se permita la restitución de los derechos reconocidos a favor del accionante; de ahí, que en el presente caso sea la jurisdicción especial la autorizada a resolver y analizar la veracidad de los hechos denunciados por el mismo en la presente acción tutelar; consecuentemente, corresponde denegar la protección solicitada en atención al Fundamento Jurídico III.1, subregla 1.inc. b); es decir, la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional en razón a que el accionante tiene la posibilidad de plantear el examen judicial de las determinaciones asumidas por la autoridad demandada a fin que la verdad aparente ceda ante la material o en su caso, se desvanezca la buena fe de la que goza el accionante.