Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 023/2016 de 5 de julio, cursante de fs. 88 a 96 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jesús Álvaro Gualberto Garnica Viscarra contra Iván Marcelo Tellería Arévalo, Karen Melissa Suárez Alba, Edgar Antonio Gainza Pereira, Ross Mary Llusco Canaviri, Carlos Coca Flores, Juana Beatriz Terán Medrano, Rocío Alejandra Molina Travesí, Jhonny Joel Flores Flores, Celima Torrico Rojas, Sergio Oliver Rodríguez Mercado y Edwin Jiménez Arandia, todos, Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- no puede activarse una nueva acción de amparo constitucional, para lograr el cumplimiento de lo determinado en una anterior acción similar
- la acción de amparo constitucional, resulta ineficaz para solicitar o reclamar el cumplimiento de una resolución emitida en otra acción de similar naturaleza
- que la denuncia de incumplimiento de lo dispuesto en acciones tutelares debe ser de conocimiento del tribunal o juez de garantías que conoció la causa
- III.3. A
- CONFIRMAR