SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1139/2016-S3
Fecha: 24-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante sostiene que las autoridades ahora demandadas lesionaron sus derechos al debido proceso en su vertiente de motivación y fundamentación de las resoluciones, al trabajo y a la salud, señalando que en el proceso disciplinario iniciado en su contra, por la supuesta trasgresión del art. 12 numerales 8, 9 y 20 de la LRDPB, se emitió la Resolución Administrativa del Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz 026/2015 de 4 de marzo, que dispuso sancionarlo con el retiro de su fuente laboral, con la pérdida de su antigüedad y sin goce de haberes durante seis meses, fallo que tras ser apelado fue confirmado por la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 135/2015 de 27 de octubre, sin explicación lógica ni ordenada sobre el sustento o no de su pretensión y sin emitir motivos por los que correspondía confirmar dicha sanción, sumado al hecho de haber incurrido en una incorrecta aplicación normativa y errónea valoración de la prueba ofrecida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO
- APODERADO DEL TRIBUNAL SUPREMO DEPARTAMENTAL
- PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR
- VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR
- REPRESENTANTE DEL SUB COMANDANTE
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones
- Fragmento 16
- III.2. Análisis en el caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.