SENTENCIA CONSTITU CIONAL PLURINACIONAL 1100/2016
Fecha: 07-Nov-2016
III.5. De la Revisión de resoluciones fiscales de revocatoria de sobreseimiento
Conforme la función que tiene el Tribunal Constitucional Plurinacional, en el nuevo contexto del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, debe velar por el cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales, en tal virtud a través de la jurisprudencia abrió su competencia para la revisión de las resoluciones de revocatoria de sobreseimiento emitidas por los fiscales departamentales, es así que la SCP 0838/2016-S3 de 10 de agosto, señaló que: “…la SCP 1146/2015-S3 de 16 de noviembre, precisó que: ‘…razonamiento a ser aplicado no solamente ante la ratificación del sobreseimiento sino también ante su revocatoria, lo cual deja expedita la vía ante la justicia constitucional y poder activar la misma a través de la presentación directa de la acción de amparo constitucional”’.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.2.5. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- i)
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. El debido proceso y la congruencia
- formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica
- Fragmento 14
- III.5. De la Revisión de resoluciones fiscales de revocatoria de sobreseimiento
- III.6. Análisis del caso concreto
- 3)
- ii)
- III.6.1. Sobre la falta de congruencia
- III.6.2. Sobre la falta de fundamentación y motivación
- CONFIRMAR