SENTENCIA CONSTITU CIONAL PLURINACIONAL 1100/2016
Fecha: 07-Nov-2016
III.6.2. Sobre la falta de fundamentación y motivación
Sobre falta de fundamentación denunciada por la accionante, considerando que se evidenció claramente la vulneración del debido proceso en lo que respecta a la congruencia, al existir omisión valorativa del Fiscal Departamental de Santa Cruz, en la Resolución de revocatoria de sobreseimiento emitida, en lo formal también afecta a la estructura de fondo de dicha Resolución, que debe expresar las razones que motivaron el fallo, que en este caso fueron omitidas en cuanto a los elementos de convicción indicados por la Fiscal de Materia asignada al caso, en el requerimiento de sobreseimiento, por lo que también se vulneró el debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación.
Ahora bien, en lo que respecta la determinación de la existencia o no del delito, en cuanto a la calificación de los tipos penales, en este caso de falsedad material, ideológica y uso de instrumento calificado, por el que se imputó a la accionante, no corresponde a este Tribunal su pronunciamiento; toda vez que, incumbe a la vía ordinaria.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.2.5. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- i)
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. El debido proceso y la congruencia
- formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica
- Fragmento 14
- III.5. De la Revisión de resoluciones fiscales de revocatoria de sobreseimiento
- III.6. Análisis del caso concreto
- 3)
- ii)
- III.6.1. Sobre la falta de congruencia
- III.6.2. Sobre la falta de fundamentación y motivación
- CONFIRMAR