SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

I.2.1. Ratificación de la acción

En uso de su derecho a la réplica, señaló que el Juez Décimo Segundo de Partido Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, que suscitó el conflicto de competencias, conoció y tramitó los procesos de reivindicación y la demanda reconvencional de usucapión, que también fueron conocidos en apelación por las Salas Civiles del referido Tribunal Departamental de Justicia; hechos que demuestran que las autoridades demandadas omitieron pronunciarse respecto a la pretensión del accionante de tramitarse en el mismo proceso ambas acciones conforme a lo dispuesto por el art. 1454 del CC, que posibilita oponerse a la reconvención a través de la acción de usucapión.