SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

III.

El accionante a través de su representante legal considera vulnerados sus derechos al debido proceso en su elemento de congruencia, y a la defensa; toda vez que, en el proceso sumario civil de reivindicación de inmueble, acción negatoria, retiro de mejoras y entrega de la cosa, seguido en su contra, interpuso demanda reconvencional de usucapión decenal extraordinaria al estar en posesión por más de diez años del lote que se le pretende reivindicar, declinando competencia la Jueza Segunda de Instrucción Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, y remitiendo ante el Juez Décimo Segundo de Partido de la misma materia y departamento, quien suscitó conflicto de competencias negativo que fue dirimido por Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia del aludido departamento, por Auto de Sala Plena 64/2015 de 14 de agosto, que declaró competente a la Jueza Segunda de Instrucción Civil y Comercial del aludido departamento, para conocer el proceso de reivindicación en mérito a la cuantía del bien inmueble sin considerar la acción reconvencional de usucapión decenal extraordinaria, pese a tratarse de acciones conexas, lo que constituye conducta omisiva resultando el fallo incongruente, unilateral y parcializado, que no tomó en cuenta la normativa civil ni la jurisprudencia ordinaria y las circulares que establecen que por su naturaleza el proceso de usucapión decenal extraordinario debe tramitarse como proceso ordinario, siendo que la jurisdicción mayor arrastra a la menor.