Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1189/2016-S3
Fecha: 03-Nov-2016
II.3.
II.3. Por Auto Interlocutorio 205/2016 de 2 de junio, el ahora accionante fue beneficiado con la aplicación de la salida alternativa de suspensión condicional del proceso en relación al delito de organización criminal, estableciendo el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Tarija, ciertas reglas y condiciones a ser cumplidas por el lapso de dos años (fs. 139 vta. a 142).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- b)
- c)
- d)
- 2)
- III.2.1. Sobre la falta de pronunciamiento respecto a la admisibilidad del recurso apelación incidental
- III.2.2. Sobre la determinación de nulidad del Auto Interlocutorio 205/2016
- III.2.3. En relación a la conciliación del delito de estafa agravada
- 2° Dejar sin efecto