SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1189/2016-S3
Fecha: 03-Nov-2016
II.4.
II.4. A través de memorial presentado el 7 de junio de 2016, el Fiscal de Materia asignado al caso, formuló apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 205/2016, por el que se dispuso la aplicación de la salida alternativa de suspensión condicional del proceso respecto al delito de organización criminal en relación al ahora accionante, solicitando la revocatoria del mismo y la reposición del juicio oral, público y contradictorio desde la etapa probatoria de cargo, por no haber alcanzado los presupuestos establecidos en los arts. 326.I y II; y, 328.III del CPP, modificados por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, para su procedencia (143 a 146 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- b)
- c)
- d)
- 2)
- III.2.1. Sobre la falta de pronunciamiento respecto a la admisibilidad del recurso apelación incidental
- III.2.2. Sobre la determinación de nulidad del Auto Interlocutorio 205/2016
- III.2.3. En relación a la conciliación del delito de estafa agravada
- 2° Dejar sin efecto