SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2016-S3

Fecha: 22-Nov-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La Dirección Departamental de Investigación Policial Interna de La Paz (DIDIPI), inició en su contra una investigación disciplinaria policial, emitiendo -en base a las pruebas colectadas- el informe de conclusiones y pliego acusatorio, siendo imputados por la presunta comisión de las faltas disciplinarias sancionadas en el art. 12 inc. 19) y 20) de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana – Ley 101 de 4 de abril de 211 (LRDPB).

Arguyeron que en el proceso disciplinario, mediante abuso de autoridad, amenazas y  presión psicológica se colectaron tres formularios de actas de pruebas de campo para la detección de alcohol (alcohotest), a las cuales no se sometieron, por ende no registraron grado alcohólico alguno, sin acreditar el supuesto estado de ebriedad. Señalaron que fueron utilizadas, únicamente, placas fotográficas y testificaciones de funcionarios policiales quienes no comparecieron al juicio oral y público, lo que demuestra que la investigación se basó en testimonios fundados en el método indirecto, empírico y subjetivo de haber percibido aliento alcohólico, ojos enrojecidos, entre otros, que contrastan con pruebas documentales presentadas por la Fiscalía Policial, quedando demostrado que desarrollaron su servicio sin novedad.