SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2016-S3

Fecha: 25-Nov-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se instauró en su contra un proceso disciplinario, signado como 06/2015 de 5 de enero, en su condición de Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Tercera y contra Modesto Luque Mamani, como Secretario del citado Juzgado, a denuncia de la Auxiliar de su despacho, por la presunta comisión de las faltas leves y graves contenidas en los arts. 186.8; y, 187.13, 19 y 22 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ); habiendo el Juez disciplinario dictado la Sentencia 90/2015 de 28 de julio, declarando probada la denuncia señalada, imponiéndole la sanción de suspensión del ejercicio de sus funciones por un mes sin goce de haberes, y respecto al Secretario disponiendo multa de su haber mensual.

La citada decisión fue recurrida por el codenunciado (refiriéndose al Secretario del Juzgado), recurso al cual su persona se adhirió, formulando a su vez apelación; sin embargo, su adhesión fue rechazada por el Juez Disciplinario, mediante decreto de 21 de agosto de 2015, indicando que no existe tal figura y  refiriendo a un número diferente de expediente, sin ninguna fundamentación, razón por la cual, opuso el recurso de compulsa dirigido a la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, instancia a la que el Juez remitió el expediente concediendo el recurso de apelación formulado por el Secretario, mismo que fue resuelto mediante la Resolución 11/2015 de 4 de septiembre, que confirmó la Sentencia de primera instancia y el Auto de 21 de agosto de igual año, que desestimó su adhesión a la apelación.