SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2016-S3

Fecha: 25-Nov-2016

I.3.3. Intervención de los terceros interesados

Modesto Luque Mamani, en audiencia refirió que dentro del proceso disciplinario fue sancionado aplicando el art. 186.8 de la LOJ, precepto legal que al ser declarado inconstitucional por la SCP 0060/2015 de 16 de julio, ya no podía ser aplicado, además conforme ordena el art. 80 del CPCo, no está previsto que se deba notificar a las partes procesales; en razón a que las Sentencias Constitucionales son de cumplimento obligatorio por efecto del art. 78 del mismo Código; por cuanto se emitió la Sentencia 90/2015 de 28 de julio, amparado en ese artículo, vulnerándose así el ordenamiento jurídico, principios de legalidad, taxatividad y seguridad jurídica.