SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2016-S3

Fecha: 25-Nov-2016

II.3.

II.3.  Consta providencia de 21 de agosto de 2015, mediante la cual el Juez Disciplinario Segundo de La Paz del Consejo de la Magistratura, señaló que en materia administrativa no existe la figura de la adhesión a la apelación, por lo que declaró no ha lugar la solicitud de la hoy accionante de adherirse al recurso de apelación; y, en relación al recurso de apelación, fue desestimado por ser extemporáneo (fs. 39). Contra esta determinación, la accionante por memorial de 26 de agosto del mismo año presentó recurso de compulsa, solicitando se disponga la revocatoria y se considere su recurso de apelación (fs. 42 a 45). Mediante providencia de 27 del citado mes y año, el Juez Disciplinario -ahora demandado- remitió la compulsa ante la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura (fs. 47).