SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2016-S3

Fecha: 25-Nov-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante a través de su  representante sostiene que fueron lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la motivación, fundamentación y congruencia que deben contener las resoluciones, a la defensa y al trabajo; así como a los principios de seguridad jurídica, legalidad y tipicidad vinculados al debido proceso, señalando que dentro del proceso disciplinario al cual fue sometida, acontecieron irregularidades que no fueron advertidas en la Sentencia Disciplinaria 90/2015 de 28 de julio, por la cual se le impuso la sanción de suspensión del ejercicio de sus funciones por un mes sin goce de haberes, por lo que presentó recurso de apelación y a la misma vez se adhirió al recurso de apelación planteado por el coprocesado Modesto Luque Mamani; empero, tal petición fue desestimada con el argumento de haber sido interpuesto fuera de plazo, motivo por el que formuló recurso de compulsa, que fue resuelto por los miembros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura por Resolución 11/2015 de 4 de septiembre, quienes confirmaron la Sentencia Disciplinaria y el Auto de desestimación de la compulsa, omitiendo referirse a varios aspectos, entre ellos la declaratoria de inconstitucionalidad del art. 186.8 de la LOJ -norma con la que señala haber sido sancionada-, así como de haber consignado erróneamente los antecedentes del proceso.